COMUNICADO – SALUD LABORAL
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, ha estimado el recurso interpuesto por USTEA Granada sobre el reconocimiento de los derechos de los trabajadores de la educación en materia de Prevención de Riesgos Laborales e infracción de las normas de seguridad y salud laboral.
Llevamos mucho tiempo reclamando en los diferentes comités provinciales y sectorial de Seguridad y Salud Laboral del personal docente no universitario el cumplimiento de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales en cuanto a la dotación mínima que establece dicha norma sobre el número de técnicos y técnicas de PRL en las diferentes Unidades Provinciales de Prevención de Riesgos Laborales. Viene de largo la labor de USTEA en la denuncia de estos hechos en estos órganos y a través de muchos comunicados denunciando la infradotación de este personal a lo largo de estos años.
Tampoco se cumplen los mínimos marcados por el Plan de Prevención de Riesgos Laborales y Procedimientos de la Consejería de Desarrollo Educativo y FP, en cuanto a la dotación de este personal.
El abogado de la administración educativa pidió la desestimación de la demanda interpuesta por las y los compañeros de Granada, pero ante las evidencias presentadas por USTEA y el flagrante incumplimiento de las normas de seguridad por parte de la Junta de Andalucía el Tribunal ha resuelto favorablemente las demandas de USTEA.
En la sentencia número 1073/22, que se hizo pública en mayo, el TSJA con sede en Granada reconoce los argumentos de USTEA y estima que la Administración demandada incumple las normas en materia de seguridad y salud laboral en lo relativo al personal docente en la provincia de Granada, especialmente en lo que concierne a la dotación mínima de técnicos de prevención de riesgos laborales, declarando asimismo el Tribunal el derecho del colectivo de la provincia de Granada a contar al menos con once técnicos y técnicas y personal coordinador en riesgos laborales, condenando a la administración demandada a cumplir las peticiones de USTEA.
Desde USTEA lamentamos que desde 1995, año en el que se hace pública la Ley, el personal docente se encuentre desprotegido y, a pesar de los intentos de denuncia ante todos los organismos competentes de la Consejería, haya tenido que ser el TSJA el que imponga el cumplimiento de una norma con 28 años de vigencia.
USTEA seguirá trabajando incansablemente para que esa sentencia sea extensible a todas las Unidades de Prevención de Riesgos laborales de todas las provincias andaluzas.
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